Venezuela

AN aprobó Ley Simón Bolívar: 30 años de prisión multas de 1millón de euros y 60 años de inhabilitación

Glenda Romero / Venezuela RED Informativa.us

La Asamblea Nacional aprobó, por unanimidad, la Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista, para que el régimen encarcele hasta por 30 años a aquellos que considere “traidores a la patria” por apoyar la imposición de sanciones contra el país. “No podrán postularse a cargos públicos” durante seis décadas y los medios de comunicación que difundan “propagandas o mensajes promotores de imposición de medidas coercitivas” serán multados hasta por 1 millón de euros.

En la sesión de este jueves, los diputados aprobaron los artículos referidos a los años en prisión que podría pasar una persona por “invocar, promover o respaldar” las medidas coercitivas desde un país o grupo de países hacia Venezuela.“Toda persona que promueva, instigue, invoque, respalde, o favorezca la adopción de medidas coercitivas contra la población venezolana será sancionada con prisión de 25 a 30 años”, reza el artículo 11 de esta Ley.

Esta medida también aplicará para “toda persona que invoque acciones armadas o de fuerza, así como ataques cibernéticos contra “la población venezolana o sus instituciones”, de acuerdo con el artículo 12.
El artículo 19 de este instrumento legislativo establece que impulsar sanciones contra el país será considerado una “actividad ilícita de delincuencia organizada” y está sujeta al procedimiento de “extinción de dominio”.

La Ley prevé multas para quienes incurran en estos delitos, aplicando incluso para medios de comunicación, canales informativos digitales o personas en redes sociales, fijadas “por la cantidad en bolívares equivalente a entre 100 mil y un millón de veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela”, lo que, de acuerdo con la tasa BCV, serían 100 mil euros o hasta un millón de euros, dado que es la moneda de mayor valor en el país.

Conatel jugará un papel fundamental en la determinación del contenido que califique como “publicidad, propaganda o mensajes promoviendo la imposición de medidas coercitivas que afecten a Venezuela”, toda vez que, a los medios de comunicación que les sea identificado esta difusión, le será revocada su concesión.

El artículo 21 prevé una multa por violar la Ley Simón Bolívar. “A los medios de difusión, medios electrónicos, redes sociales y medios impresos se impondrá multas por la cantidad en bolívares equivalente a entre 100 mil y un millón de veces el tipo de cambio de la moneda de mayor publicado por el Banco Central de Venezuela”.

La Ley Simón Bolívar traerá “castigos” muy “severos” a quienes respalden o propicien las sanciones internacionales contra Venezuela. El Ministro de Interior y Justicia, Diosdado Cabello ya hizo mención de una inhabilitación “de por vida” para María Corina Machado. “Esa ley es bien severa, extinción de dominio, 30 años de cárcel, inhabilitación vitalicia, la terrorista esta (María Corina Machado) está inhabilitada de por vida, ya. Los que andan promoviendo sanciones deben tener un costo y deben sentir que este costo es alto”, adelantó Cabello.

La Ley contempla hasta 60 años de inhabilitación política para quienes sean encontrados culpables de los delitos expuestos en esta legislación. “No podrán postularse a cargos de elección popular las personas que en cualquier momento antes de la elección hayan promovido, solicitado, respaldado o participado en la adopción o ejecución de medidas coercitivas contra el pueblo venezolano, los poderes públicos o sus autoridades”, especifica el artículo 9 de la Ley.

El artículo 13 resume este aspecto de forma muy precisa: “La jueza o el juez impondrá en la sentencia condenatoria por los delitos previstos en esta Ley la pena accesoria de inhabilitación política de hasta por 60 años”, dice el escrito.

La Ley da espacio para medidas contra de extranjeros involucrados en la imposición de sanciones contra el país. “Todas aquellas personas naturales de nacionalidad extranjera que cometan alguna de las acciones contrarias a los valores del estado previstos en esta ley podrán ser sujetos a la medida de expulsión establecida en leyes migratorias, así como de prohibición del ingreso al territorio nacional”, dice el artículo 14.

Para estas, habrá medidas que el juez podrá tomar en su contra, como el congelamiento preventivo de activos, prohibición de contratar con la República o sus entidades, suspensión del registro nacional de contratistas, prohibición de exportar o importar mercancías, prohibición de realizar operaciones de compra o ventas de inmuebles, vehículos, naves o aeronaves y suspensión en participación en órganos públicos.

“Si el sujeto o entidad es de nacionalidad extranjera podrá prohibirse su entrada al país”, también refiere la Ley Simón Bolívar.

Una vez leída y aprobada esta legislación en la Asamblea Nacional, su presidente, Jorge Rodríguez dijo que será remitida a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para su aprobación. Entrará en vigencia una vez sea publicada en Gaceta Oficia

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