TSJ Legítimo solicita a la comunidad internacional mantener protegidas reservas de oro de Venezuela para emplearlas en la recostrucción tras devastadores terremotos

Venezuela RED Informativa.us
El Tribunal Supremo de Justicia Legítimo de la República Bolivariana de Venezuela emitió un comunicado en el que rechaza la solicitud formulada por Delcy Rodríguez ante las autoridades del Reino Unido para disponer de las reservas de oro venezolanas, al considerar que carece de legitimidad constitucional para representar al Estado o administrar bienes de la Nación.
El TSJ Legítimo sostiene que las reservas internacionales constituyen un patrimonio soberano que debe permanecer protegido hasta el restablecimiento del Estado de Derecho, y exhorta al Reino Unido, a Estados Unidos, a la Unión Europea y a la comunidad internacional a mantener las medidas de resguardo de los activos venezolanos, garantizando que en el futuro sean utilizados exclusivamente para la reconstrucción del país y el bienestar del pueblo venezolano.
Texto del comunicado emitido por el TSJ Legítimo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA LEGÍTIMO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Los magistrados legítimos del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela rechazamos la pretensión de la ciudadana Delcy Eloina Rodríguez, dirigida a las autoridades del Reino Unido, exigiendo la entrega de las reservas de oro propiedad de la República, por cuanto ella en la actualidad carece de legitimidad constitucional y cualidad jurídica para representar al Estado venezolano o disponer de bienes pertenecientes a la Nación.
Las reservas internacionales constituyen un patrimonio soberano e inalienable de Venezuela, cuya administración está sometida a los principios de legalidad, transparencia, responsabilidad y protección del interés público. En consecuencia, ninguna persona que ejerza funciones al margen de la Constitución puede solicitar, administrar o disponer de dichos activos.
Las circunstancias que motivaron la protección internacional de los activos venezolanos permanecen vigentes. Persiste la ruptura del orden constitucional y democrático, las graves denuncias de corrupción, el desvío de recursos públicos y de ayuda humanitaria, las violaciones sistemáticas de derechos humanos y la ausencia de controles institucionales que garanticen el manejo transparente del patrimonio nacional.
La emergencia ocasionada por los recientes terremotos no puede ser utilizada como fundamento para levantar las medidas de protección sobre bienes soberanos, con el objeto de que sean administrados por una persona que no ofrece garantías jurídicas. Por el contrario, dichos recursos deben permanecer resguardados hasta el restablecimiento integral del Estado de Derecho y ser destinados, por futuras autoridades legítimas, a la atención de las víctimas, la reconstrucción nacional y la recuperación de los servicios esenciales.
Los magistrados legítimamente designados del Tribunal Supremo de Justicia exhortamos a las autoridades del Reino Unido, a los Estados Unidos de América, a los países que integran la Unión Europea y a la comunidad internacional, a mantener la protección de las reservas de oro y de los demás activos de la República, hasta tanto Venezuela recupere plenamente la democracia, la
institucionalidad constitucional y existan autoridades legítimas que administren, controlen y auditen el erario en beneficio exclusivo del pueblo venezolano.
Dado, firmado y sellado por los magistrados legítimos del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, a los 10 días del mes de julio de 2026.
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