Venezuela: Veinticinco años de un Estado anticonstitucional y la urgencia de restablecer el Estado de Derecho

Alfonzo Bolívar* / Venezuela RED Informativa.us
La Constitución de la República de Venezuela de 1961 no contemplaba la figura de una Asamblea Nacional Constituyente como mecanismo para sustituir el texto constitucional vigente. Tampoco preveía el uso de referéndums para convocar o aprobar una nueva Constitución fuera de los procedimientos de reforma expresamente establecidos. Este hecho jurídico, frecuentemente minimizado o ignorado en el debate público, constituye un punto de quiebre fundamental para comprender la crisis institucional venezolana contemporánea.
Desde una interpretación estrictamente constitucional, la convocatoria a la Asamblea Constituyente de 1999 y la aprobación del texto constitucional resultante se realizaron al margen del marco jurídico entonces vigente. Ello dio origen a un proceso político carente de legitimidad de origen y, en consecuencia, a la instauración de un andamiaje estatal anticonstitucional que se ha prolongado durante los últimos veinticinco años.
La Constitución de 1961 era clara al establecer que todo acto ejecutado fuera de su marco es nulo de toda nulidad. Bajo este principio, si el acto fundacional del nuevo orden político fue inconstitucional, todos los actos derivados de ese orden adolecen del mismo vicio de origen. Esto abarca, sin excepción, la asunción al poder de Hugo Chávez, los múltiples procesos electorales celebrados desde 1999, la designación de autoridades civiles, militares y judiciales, los ascensos dentro de la Fuerza Armada, la conformación y actuación del Consejo Nacional Electoral, así como la firma de contratos, endeudamientos, alianzas internacionales y compromisos multilaterales. Incluso las elecciones más recientes, celebradas en julio de 2024, quedan alcanzadas por esta nulidad estructural.
Este proceso fue avalado, directa o indirectamente, por amplios sectores de la oposición venezolana, que terminaron legitimando un sistema ilegítimo y convirtiéndose, por acción u omisión, en partícipes de una ficción constitucional que facilitó la consolidación de un régimen autoritario.
Durante este cuarto de siglo se estructuró no solo un modelo político excluyente, sino un verdadero Estado fallido, caracterizado por la corrupción sistémica, la destrucción del aparato productivo, el colapso de los servicios públicos y el saqueo sostenido del patrimonio nacional. Los gobiernos de Hugo Chávez y Nicolás Maduro comprometieron gravemente a la nación mediante endeudamientos opacos, contratos energéticos lesivos particularmente en la Faja Petrolífera del Orinoco, cancelación discrecional de deudas externas de terceros países con fines políticos, y el financiamiento de proyectos ideológicos en América Latina y el Caribe a través de mecanismos como Petrocaribe.
A ello se suma la corrupción estructural en PDVSA, el uso indebido de fondos públicos, el lavado de dinero, la penetración del narcotráfico en las instituciones y la utilización del Estado como plataforma para sostener redes criminales transnacionales. Todo ello produjo un daño patrimonial, moral e institucional de dimensiones históricas.
El curso de este tránsito político se ve alterado cuando Estados Unidos, bajo la administración del presidente Donald J. Trump, decide intervenir frente a la evidencia de un Estado colapsado, carente de legalidad efectiva y capturado por estructuras criminales. Si se plantea un proceso de administración, inversión y reconstrucción del país, el eje central no puede limitarse a la recuperación económica. La prioridad debe ser la reconstrucción del Estado de Derecho.
Desde esta perspectiva, cualquier proyecto serio para el futuro de Venezuela debe contemplar, como condición indispensable, el restablecimiento del orden constitucional original. Esto implica reconocer la nulidad del andamiaje institucional construido desde 1999, revisar y anular contratos y acuerdos firmados bajo ese régimen, exigir responsabilidades penales y patrimoniales a los responsables y cómplices, y establecer mecanismos de resarcimiento al Estado venezolano. Asimismo, los países y actores que se beneficiaron de manera cómplice del colapso venezolano deben asumir responsabilidades y contribuir a la reparación del daño causado.
Restituir la vigencia de la Constitución de 1961 marcaría un antes y un después en la historia contemporánea del país. No se trata de un ejercicio nostálgico, sino de un acto de restitución jurídica, de justicia histórica y de reconstrucción institucional. La nueva Venezuela no puede edificarse sobre la impunidad, la complicidad ni el olvido. Los responsables deben rendir cuentas, los daños deben ser reparados y el orden constitucional debe ser restablecido.
La nación venezolana lo exige. La legalidad lo impone. Y el futuro del país depende de ello.
*Analista político
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