Internacional

CPI emite orden de arresto internacional contra sátrapa Putin, alto pana de Maduro, por secuestrar niños en territorios invadidos a Ucrania (+Videos)

Alexander Arredondo / Venezuela RED Informativa.us

Este viernes 17 de marzo de 2023, la Sala de Cuestiones Preliminares II de la Corte Penal Internacional (CPI) emitió órdenes de arresto contra el sátrapa de Rusia, Vladimir Putin, y su asistente en materia de menores de edad, la secuestradora de niños Maria Alekseyevna Lvova-Belova.

En el comunicado se expresa que esta orden se da en el contexto de la situación en Ucrania, declarando a Putin “presunto responsable del crimen de guerra de deportación ilegal de población (niños) y traslado ilegal de población (niños) de las zonas ocupadas de Ucrania a la Federación Rusa (en virtud de los artículos 8(2)(a)(vii) y 8(2)(b)(viii) del Estatuto de Roma). Los delitos se cometieron presuntamente en el territorio ocupado de Ucrania al menos desde el 24 de febrero de 2022”, indicó el documento.

Señalaron que la Corte Penal Internacional tiene motivos razonables para creer que el mandatario ruso «tiene responsabilidad penal individual» por los delitos mencionados, “por haber cometido los actos directamente, junto con otros y/o a través de otros (artículo 25(3)(a) del Estatuto de Roma), y (ii) por no haber ejercido un control adecuado sobre los subordinados civiles y militares que cometieron los actos”.

Maria Alekseyevna Lvova-Belova, por su parte, “es presuntamente responsable del crimen de guerra de deportación ilegal de población (niños) y traslado ilegal de población (niños) de áreas ocupadas de Ucrania a la Federación de Rusia (en virtud de los artículos 8(2)(a)(vii) y 8(2)(b)(viii) del Estatuto de Roma). Los delitos se cometieron presuntamente en el territorio ocupado de Ucrania al menos desde el 24 de febrero de 2022”, citó el informe, por el cual la CPI cree que «tiene responsabilidad penal individual» por los delitos antes mencionados, “por haber cometido los actos directamente, junto con otros y/o a través de otros (artículo 25(3)(a) del Estatuto de Roma)”.

La Sala de Cuestiones Preliminares II consideró, sobre la base de las solicitudes de la Fiscalía del 22 de febrero de 2023, que «existen motivos razonables para creer que cada sospechoso es responsable; y que las órdenes son secretas para proteger a víctimas y testigos y también para salvaguardar la investigación».

“La Sala consideró que es de interés de la justicia autorizar a la Secretaría hacer pública la existencia de las órdenes de arresto, el nombre de los sospechosos, los delitos por los cuales se emiten las órdenes de arresto y las modalidades de responsabilidad que establezca la Sala”.

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